Reunión de la Comisión para la reglamentación de la nueva ley de trasplantes

Este miércoles 18 de julio se realizó una reunión de la Comisión para la reglamentación de la nueva ley de “Trasplante de órganos y tejidos”, con la participación de Sociedades Científicas y representantes de Organismos Provinciales de Donación y Trasplante. La misma tuvo lugar en la sede del INCUCAI y contó con la presencia del Presidente del CUCAIBA – Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, Dr. Hugo Petrone.
Esta nueva ley fue aprobada por unanimidad en ambas cámaras del Congreso de la Nación y actualiza la 24.193, vigente desde 1993, con el objetivo de facilitar los procesos de donación en los hospitales.
Algunos de los aspectos más importantes sobre los que se centrará el trabajo de la comisión incluirán: la Declaración de Principios: Respeto por la dignidad, autonomía, solidaridad y justicia, equidad y autosuficiencia, entre otros; los Derechos de Donantes y Receptores: Intimidad, privacidad y confidencialidad; a la integridad; a la información y al trato equitativo e igualitario; la prioridad en el traslado aéreo y terrestre de pacientes con operativos en curso; un régimen de capacitación permanente para el recurso humano afectado al proceso de donación y al trasplante; la creación de Servicios de Procuración en establecimientos hospitalarios, destinados a garantizar cada una de las etapas de proceso de donación; la incorporación del Procedimiento de Donación Renal Cruzada, facultando al INCUCAI para el dictado de las normas que regulen el funcionamiento de un registro al respecto; la manifestación de voluntad expresa negativa o afirmativa a la donación para toda persona mayor de 18 años, y por los mismos canales que en la actualidad; la posibilidad de realizar la ablación de órganos y/o tejidos sobre toda persona capaz mayor de 18 años, que no haya dejado constancia expresa de su oposición a que después de su muerte se realice la extracción de sus órganos o tejidos; en caso de no encontrarse registrada la voluntad del causante, el profesional a cargo del proceso de donación debe verificar la misma conforme lo determine la reglamentación; menores: se posibilita la obtención de autorización para la ablación por ambos progenitores o por aquel que se encuentre presente; simplificación y optimización de los procesos que requieren intervención judicial; Certificación del Fallecimiento: Se suprimen las especificaciones y los tiempos establecidos en el artículo 23 de la ley, quedando el diagnóstico sujeto al protocolo establecido por el Ministerio de Salud de la Nación con el asesoramiento del INCUCAI. Se dispone como hora del fallecimiento del paciente aquella en que se completó el diagnostico de muerte; incorporación de un capítulo destinado a los medios de comunicación y el abordaje responsable de las noticias vinculadas a la temática y la incorporación de la COMISIÓN FEDERAL DE TRASPLANTE (COFETRA), como órgano asesor del INCUCAI.