Habilitaciones

Departamento Habilitaciones

El Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, en uso de las atribuciones que en materia de poder de policía sanitaria le acuerdan las leyes provinciales, es la autoridad competente jurisdiccional respecto de la habilitación, inspección y evaluación de los profesionales y equipos de profesionales, así como de los establecimientos y servicios de trasplante (aplicando la normativa de la Ley Nacional Nº 27.447 sobre trasplantes de órganos, tejidos y células).

El CUCAIBA fue creado mediante la Ley Provincial Nº 10.586, como organismo descentralizado del Ministerio de Salud Provincial. Cuenta con el Departamento Habilitaciones, cuya actividad principal es recibir la documentación y tramitar los expedientes que promuevan la habilitación o rehabilitación de establecimientos,  autorización de profesionales y de equipos para realizar prácticas de ablación e implante de órganos, tejidos y células dentro del ámbito provincial.

Trámites

  • Para habilitar o rehabilitar un programa de trasplante de órganos, tejidos oculares y células, deberá completar y enviar la documentación, y los formularios correspondientes con sus respectivos anexos (los encontrará como enlaces para descargar, dentro del formulario principal):

Formulario E1-F(Programa de trasplante de órganos, tejidos oculares y células para habilitación de establecimientos asistenciales) y Anexo correspondiente (según el programa de trasplante).

Formulario Pr1-F (Programa de trasplante de órganos, tejidos oculares y células para autorización de profesional) con la correspondiente documentación requerida (ver enlace dentro del formulario).

 

  • Para habilitar o rehabilitar un programa de trasplante tejidos deberá completar y enviar la documentación, y los formularios correspondientes con sus respectivos anexos (los encontrará como enlaces para descargar, dentro del formulario principal):

Formulario E2-F (Habilitación de establecimientos asistenciales para la práctica de implante de tejidos) y Anexo E2-A1.

Formulario Pr2-F (Autorización de profesional para la práctica de implante de tejidos) con la correspondiente documentación requerida (ver enlace dentro del formulario).

 

  • Para habilitar o rehabilitar un laboratorio destinado a la realización de estudios de histocompatibilidad de potenciales donantes y receptores para trasplante, deberá completar y enviar los formularios correspondientes con sus respectivos anexos (los encontrará como enlaces para descargar, dentro del formulario principal) y documentación.

Formulario E3-F (Habilitación de Laboratorios para realización de estudios de histocompatibilidad de potenciales donantes y receptores para trasplante) y Anexo E3-A1.

Formulario Pr3-F (Autorización de profesional para realización de estudios de histocompatibilidad de potenciales donantes y receptores para trasplante) con la correspondiente documentación requerida (ver enlace dentro del formulario).

 

  • Para habilitar o rehabilitar un banco de tejidos deberá completar y enviar los formularios correspondientes con sus respectivos anexos (los encontrará como enlaces para descargar, dentro del formulario principal) y documentación.

Formulario E4-F(Habilitación de Bancos de Tejidos) y Anexo E4-A1 (para bancos de tejidos sistema músculo-esquelético y osteoarticular, piel, homoinjertos cardíacos) o Anexo E4-A2 (para bancos de membrana amniótica).

Formulario Pr4-F (Autorización de integrantes de bancos de tejidos) con la correspondiente documentación requerida (ver enlace dentro del formulario).

 

  • Para obtener la autorización individual como profesional para realizar prácticas de ablación de órganos y/o tejidos (adscripto al Servicio Provincial de Procuración), deberá enviar el formulario correspondiente junto a la documentación.

Pr5-F (Autorización de profesional para la práctica de ablación de órganos y tejidos- Servicio Provincial de Procuración) con su correspondiente documentación (ver requisitos de documentación para cada programa en los enlaces dentro del formulario)

 

Nota: para realizar los trámites mencionados en los puntos 1) al 4), únicamente los establecimientos privados deberán abonar los aranceles fijados por la Resolución RESO-2020-3009-GDEBA-MSALGP, actualizada por la Resolución RESO-2024-6442-GDEBA-MSALGP, detallados en el Anexo Único IF-2024-21776064-GDEBA-CUCAIBA.

El depósito o transferencia correspondiente al arancel indicado en el Anexo Único en el párrafo precedente, debe efectuarse en  la cuenta Ministerio de Salud – CUCAIBA – SAMO Nº 1395/6, CBU: 0140999801200000139561, en la casa matriz del Banco de la Provincia de Buenos Aires. Una vez obtenido el comprobante, deberá enviarse por correo electrónico a habilitaciones@cucaiba.gba.gov.ar

 

IMPORTANTE:

Para incorporaciones y/o modificaciones de programas de trasplante, laboratorios de histocompatibilidad o bancos de tejidos habilitados y vigentes, sólo se recibirá documentación en los meses de marzo y octubre.

Datos de contacto:

Departamento Habilitaciones CUCAIBA: calle 129 e/ 51 y 53 CP 1925 (El Dique, Ensenada)

Teléfonos: 0221-4276070
Internos: 207

Correos electrónicos: habilitaciones@cucaiba.gba.gov.ar, habilitaciones.cucaiba@gmail.com